Compatibilidad con el CTE para producir ACS


El 28 de marzo de 2006 se publicó el nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE) y su apartado "Documento Básico HE: Ahorro energético". 

El ámbito de aplicación del CTE son los edificios de nueva construcción, y también la rehabilitación de edificios de cualquier uso, en los que exista una demanda de calefacción, o de agua caliente sanitaria, o de climatización de una piscina cubierta.


Producción de agua caliente sanitaria (ACS)

El Código especifica la necesidad de cubrir una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de la demanda de ACS, o climatización de piscinas, mediante el aprovechamiento de energías renovables, procesos de cogeneración, o fuentes de energía residuales. 

La energía geotérmica es una energía renovable, y los sistemas de producción de ACS que se comercializan satisfacen con creces los requerimientos de la Norma en cualquiera de las situaciones, con un coste y una fiabilidad sensiblemente mejores que los sistemas basados en placas solares térmicas.

Luego 


LA INSTALACIÓN GEOTÉRMICA SATISFACE, POR SI MISMA, TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL CTE.


Ventajas respecto de otros sistemas

La alternativa a la instalación geotérmica son las placas termosolares en la cubierta de las viviendas. Pero la geotermia presenta las siguientes ventajas:

  • Ausencia de elementos expuestos al exterior.
  • Nulo impacto visual.
  • Instalación compatible con la climatización de la vivienda.
  • No requiere sistemas de apoyo que complican y encarecen las instalaciones.
  • No existe dependencia de las condiciones climáticas.
  • Ausencia total de mantenimiento, menor riesgo de averías, mayor duración de los equipos.
  • Sin riesgo de sobrecalentamientos peligrosos en verano.


En algunas ocasiones puede abaratarse el coste de un sistema geotérmico completándolo con placas termosolares, consiguiéndose mejores rendimientos que con cualquiera de los dos sistemas por separado.


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